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PRÓRROGA Y MODIFICACIONES MEDIDAS ESPECIALES NIVEL 2

10 de abril  de 2021 .

Mediante esta resolución se establecían medidas Nivel II en todos los municipios de la Comunidad Autónoma de Castilla- La Mancha, excepto 11 municipios en los que se adoptaban Medidas de Nivel III.

MEDIDAS NIVEL 2  en Centros sociosanitarios.

Regulación de la actividad en los Centros de Día de personas mayores y personas con discapacidad y Servicios de Estancias Diurnas, así como a los Servicios de Promoción de la Autonomía Personal, a excepción de aquellos que compartan dependencias con centros residenciales de mayores:

 

  • Se limitará la permanencia de personas en espacios cerrados de dichos centros mediante la fijación del 50 por ciento de aforo, priorizándose a las personas con mayor necesidad según criterio profesional. Las actividades serán preferentemente de carácter individual, de naturaleza rehabilitadora y de mejora de habilidades adaptativas o funcionales.

 

  • Las personas que  acudan a  dichos centros no han de presentar cuadro clínico compatible con la infección por coronavirus, ni haber estado en contacto estrecho con caso sospechoso confirmado y encontrarse, por tanto, en situación de cuarentena. En todo caso deberá extremarse la ventilación periódica, limpieza y desinfección de los espacios utilizados, con especial atención a las zonas de tránsito y las superficies de contacto. La permanencia de personas en espacios al aire libre deberá garantizar igualmente  la  distancia  de  seguridad  interpersonal  de  metro  y medio y el  resto de la normativa higiénico sanitaria sobre prevención y contención del Covid-19.

 

  • Permanecerán cerrados los centros de mayores de ocio y hogares de jubilados, excepto servicios de peluquería y podología con cita previa.

 

Actividades en Centros Sociosanitarios:

  • Se  permitirán  las  actividades  grupales  y  el  uso  de  las  zonas  comunes  dentro  del  centro  asegurando el mantenimiento de las medidas de higiene y prevención, así como una ventilación adecuada, y garantizando las medidas de vigilancia contenidas en los Planes de Contingencia.

 

Pautas para la reanudación de visitas sociales en residencias de mayores y centros para personas con discapacidad grave:

 

  • Deberá extremarse el cumplimiento de las medidas de prevención e higiene frente al Covid-19 indicadas por las autoridades sanitarias, antes y durante el desarrollo de las visitas y, en especial, el uso de mascarillas y la higiene de manos. Además, deberán cumplirse los siguientes requisitos mínimos:

 

  • El centro debe encontrarse libre de Covid-19: ningún caso confirmado o sospechoso en aislamiento o contacto estrecho en cuarentena en el momento de la visita.
  • El centro debe haber completado la vacunación a personas residentes y los trabajadores. Se considerará  un centro residencial en el que se ha completado la vacunación aquel en el que los residentes y los trabajadores hayan recibido la pauta de vacunación completa, y haya transcurrido el tiempo estipulado según cada vacuna para considerar que se han alcanzado títulos adecuados de anticuerpos.
  • La persona que acuda a la visita no ha de presentar cuadro clínico compatible con la infección por coronavirus, ni haber estado en contacto estrecho con caso sospechoso confirmado y encontrarse por tanto en situación de cuarentena.
  • Por visita solo podrá permitirse la entrada de dos personas, familiares o allegadas, por persona residente siendo la duración máxima de la reunión de 60 minutos.
  • La persona residente podrá tener dos visitas a la semana de estas características.
  • Las personas responsables de la residencia deberán informar a los visitantes de las medidas de prevención e higiene. Se deberá llevar un registro de visitas en el que aparezcan los datos identificativos y de contacto de la persona visitante.
  • Las visitas se concertarán mediante sistema de cita previa. La concertación de citas no ha de alterar el funcionamiento de los servicios que se prestan en el centro y ha de evitar la formación de aglomeraciones.
  • Las visitas deberán realizarse preferentemente en espacio exterior. En el supuesto de no ser posible, las visitas se desarrollarán en un espacio independiente y habilitado al efecto, cercano a la entrada, minimizando las entradas y salidas a zonas comunes y respetando el aforo máximo de dicha superficie, de tal manera que, la fijación del número máximo de personas dependerá de que pueda garantizarse una distancia interpersonal de un metro y medio. En el supuesto de tratarse de personas residentes que por su situación personal no pudieran desplazarse, por tratarse de residentes encamados, deberá garantizarse el acceso a través de un circuito seguro con el objeto de minimizar las entradas y salidas a zonas comunes.
  • En todo caso deberá extremarse la ventilación periódica, limpieza y desinfección de los espacios utilizados, con especial atención a las zonas de tránsito y las superficies de contacto.
  • Deberá señalarse de forma clara la distancia interpersonal de un metro y medio o instalarse medidas de separación a través de mamparas. En todo caso será obligatorio el uso de mascarillas.
  • En caso de tratarse de una situación de acompañamiento en los momentos finales de la vida, podrán asistir a la visita hasta un máximo de dos familiares o personas allegadas, incluyendo asistencia espiritual, y el tiempo de la misma podrá flexibilizarse en función de la situación de la persona enferma y los criterios del centro, manteniendo siempre las adecuadas medidas higiénicas y de seguridad.
  • Las viviendas supervisadas, las viviendas de mayores, las viviendas para personas con discapacidad y otros centros residenciales sociosanitarios se mantendrá el régimen regular de visitas manteniendo todas las medidas preventivas generales (distanciamiento, uso de mascarillas, uso de soluciones hidroalcohólicas, y resto de medidas de prevención de posibles contagios).

 

  • Condiciones para la salida:

 

  • La residencia debe estar libre de Covid-19, definida así por la no existencia de casos confirmados con infección activa en los últimos 14 días, ni presentar ninguna personas residente en periodo de aislamiento o cuarentena en el momento de la salida.
  • La persona residente no debe presentar clínica sospechosa de Covid-19 en el momento de la salida.
  • La salida será de un mínimo de 48 horas, excepto en los casos en que se trate de salidas puntuales para asistir a consultas médicas u otros asuntos considerados de fuerza mayor, a las que podrán acudir acompañados de un familiar o persona allegada.
  • Debe permanecer en un ámbito estable (un solo domicilio).
  • En el entorno en el que vaya a permanecer durante ese periodo de tiempo no deben residir personas que requieran aislamiento por ser caso confirmado con infección activa o caso sospechoso o personas que sean contacto estrecho y estén en situación de cuarentena. Dicha condición se justificará mediante declaración responsable de la persona que se haga cargo de la salida.
  • En el entorno en el que habite durante su salida se deberán extremar las medidas de higiene y seguridad y reducir el contacto social a lo imprescindible.

 

  • Condiciones para la vuelta a la residencia para personas residentes con pauta de vacunación completa:

 

  • Si la persona residente presenta clínica sospechosa de Covid-19 en el momento del reingreso, se realizará prueba diagnóstica y en caso de resultar caso confirmado con infección activa en ese momento, se procederá  a la aplicación del protocolo en vigor para el manejo de caso confirmado.

 

  • Si  la  persona  residente  no  presentara  clínica  sospechosa  de  Covid-19  a  su  vuelta  al  centro,  no  será preciso mantenimiento de cuarentena en caso de haber transcurrido el tiempo estipulado según cada  vacuna para considerar que se han alcanzado títulos adecuados de anticuerpos.

 

  • Condiciones para la vuelta a la residencia para personas residentes sin pauta de vacunación completa:

 

  • De forma general no se realizará prueba diagnóstica de infeccion activa a la salida y reingreso de residentes. Sin embargo, en determinadas situaciones podrá valorarse  teniendo en cuenta si el residente está vacunado o no, el perfil de la salida (duración,  actividades  realizadas…),  así  como  la  situación  epidemiológica  del  lugar  de  la  estancia.  Al reingreso, se mantendrá una vigilancia activa de síntomas y se extremarán  las medidas de prevención, procediendo a un aislamiento preventivo y prueba diagnóstica de infección activa inmediata ante cualquier síntoma sospechoso de Covid-19.

 

  •  En todo caso, si al reingreso en el centro la persona residente no hubiera recibido pauta de vacunación, o esta no fuera completa, será preciso mantenimiento de aislamiento con carácter preventivo.

 

  • Condiciones para los nuevos ingresos y traslados:

 

  • Para los nuevos ingresos, se garantizará la vacunación con la anterioridad suficiente. Para los residentes con ingreso urgente y no vacunados con anterioridad, se extremarán las medidas de precaución hasta completar la pauta de vacunación. Se valorará prueba diagnóstica al ingreso en aquellos nuevos residentes no vacunados.

 

  • Tanto en ingresos como en traslados, si la persona que ha sido vacunada y no presenta clínica sospechosa de Covid-19,  no  será  preciso  el  mantenimiento  de  cuarentena  en  caso  de  haber  transcurrido  el  tiempo estipulado según cada vacuna para considerar que se han alcanzado títulos adecuados de anticuerpos. En todo caso, si al ingreso en el centro la persona residente no hubiera recibido pauta de vacunación, o esta no fuera completa, será preciso mantenimiento de aislamiento con carácter preventivo.

 

  • Otros casos:

 

  • En otros centros residenciales sociosanitarios de personas con discapacidad, menores, personas con TMG.., estarán permitidas las salidas en condiciones ordinarias.

 

  • Los trabajadores que tras un periodo vacacional o de ausencia de su puesto de trabajo superior a una semana se incorporen a residencias sociosanitarias y viviendas tuteladas/supervisadas u otros dispositivos residenciales sociosanitarios se les realizará como paso previo a su incorporación, una prueba diagnóstica de infección activa para descartar la infección por COVID-19. En caso de detectarse positivo en dicha prueba se pondrá inmediatamente en conocimiento de la autoridad sanitaria.
22  de marzo de 2021.
PRÓRROGA Y MODIFICACIONES MEDIDAS ESPECIALES NIVEL 2 todos los municipios de CLM -CENTROS SOCIOSANITARIOS. Excepto en 3️⃣ municipios.
Prorrogar y modificar las medidas Nivel II en todos los municipios de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha. Se excluyen de esta resolución los municipios que, por resolución específica, en función de su situación epidemiológica, se encuentren en Nivel III, Horche, Valmojado y Torrenueva.
🔗Más información https://bit.ly/2OYSxoi

Símbolo de enlaceMedidas NIVEL 2 

MEDIDAS NIVEL 2  en Centros sociosanitarios.

Regulación de la actividad en los Centros de Día de personas mayores y personas con discapacidad y Servicios de Estancias Diurnas, así como a los Servicios de Promoción de la Autonomía Personal, a excepción de aquellos que compartan dependencias con centros residenciales de mayores:

 

  • Se limitará la permanencia de personas en espacios cerrados de dichos centros mediante la fijación del 50 por ciento de aforo, priorizándose a las personas con mayor necesidad según criterio profesional. Las actividades serán preferentemente de carácter individual, de naturaleza rehabilitadora y de mejora de habilidades adaptativas o funcionales.

 

  • Las personas que  acudan a  dichos centros no han de presentar cuadro clínico compatible con la infección por coronavirus, ni haber estado en contacto estrecho con caso sospechoso confirmado y encontrarse, por tanto, en situación de cuarentena. En todo caso deberá extremarse la ventilación periódica, limpieza y desinfección de los espacios utilizados, con especial atención a las zonas de tránsito y las superficies de contacto. La permanencia de personas en espacios al aire libre deberá garantizar igualmente  la  distancia  de  seguridad  interpersonal  de  metro  y medio y el  resto de la normativa higiénico sanitaria sobre prevención y contención del Covid-19.

 

  • Permanecerán cerrados los centros de mayores de ocio y hogares de jubilados, excepto servicios de peluquería y podología con cita previa.

 

Actividades en Centros Sociosanitarios:

  • Se  permitirán  las  actividades  grupales  y  el  uso  de  las  zonas  comunes  dentro  del  centro  asegurando el mantenimiento de las medidas de higiene y prevención, así como una ventilación adecuada, y garantizando las medidas de vigilancia contenidas en los Planes de Contingencia.

 

Pautas para la reanudación de visitas sociales en residencias de mayores y centros para personas con discapacidad grave:

 

  • Deberá extremarse el cumplimiento de las medidas de prevención e higiene frente al Covid-19 indicadas por las autoridades sanitarias, antes y durante el desarrollo de las visitas y, en especial, el uso de mascarillas y la higiene de manos. Además, deberán cumplirse los siguientes requisitos mínimos:

 

  • El centro debe encontrarse libre de Covid-19: ningún caso confirmado o sospechoso en aislamiento o contacto estrecho en cuarentena en el momento de la visita.
  • El centro debe haber completado la vacunación a personas residentes y trabajadores. Se considerará  un centro residencial en el que se ha completado la vacunación aquel en el que los residentes y los trabajadores hayan recibido la pauta de vacunación completa, y haya transcurrido el tiempo estipulado según cada vacuna para considerar que se han alcanzado títulos adecuados de anticuerpos.
  • La persona que acuda a la visita no ha de presentar cuadro clínico compatible con la infección por coronavirus, ni haber estado en contacto estrecho con caso sospechoso confirmado y encontrarse por tanto en situación de cuarentena.
  • Por visita solo podrá permitirse la entrada de una persona familiar u allegada por persona residente siendo la duración máxima de la reunión de 60 minutos.
  • La persona residente podrá tener dos visitas a la semana de estas características.
  • Las personas responsables de la residencia deberán informar a los visitantes de las medidas de prevención e higiene. Se deberá llevar un registro de visitas en el que aparezcan los datos identificativos y de contacto de la persona visitante.
  • Las visitas se concertarán mediante sistema de cita previa. La concertación de citas no ha de alterar el funcionamiento de los servicios que se prestan en el centro y ha de evitar la formación de aglomeraciones.
  • Las visitas deberán realizarse preferentemente en espacio exterior. En el supuesto de no ser posible, las visitas se desarrollarán en un espacio independiente y habilitado al efecto, cercano a la entrada, minimizando las entradas y salidas a zonas comunes y respetando el aforo máximo de dicha superficie, de tal manera que, la fijación del número máximo de personas dependerá de que pueda garantizarse una distancia interpersonal de un metro y medio. En el supuesto de tratarse de personas residentes que por su situación personal no pudieran desplazarse, por tratarse de residentes encamados, deberá garantizarse el acceso a través de un circuito seguro con el objeto de minimizar las entradas y salidas a zonas comunes.
  • En todo caso deberá extremarse la ventilación periódica, limpieza y desinfección de los espacios utilizados, con especial atención a las zonas de tránsito y las superficies de contacto.
  • Deberá señalarse de forma clara la distancia interpersonal de un metro y medio o instalarse medidas de separación a través de mamparas. En todo caso será obligatorio el uso de mascarillas.
  • En caso de tratarse de una situación de acompañamiento en los momentos finales de la vida, podrán asistir a la visita hasta un máximo de dos familiares o personas allegadas, incluyendo asistencia espiritual, y el tiempo de la misma podrá flexibilizarse en función de la situación de la persona enferma y los criterios del centro, manteniendo siempre las adecuadas medidas higiénicas y de seguridad.
  • Las viviendas supervisadas, las viviendas de mayores, las viviendas para personas con discapacidad y otros centros residenciales sociosanitarios se mantendrá el régimen regular de visitas manteniendo todas las medidas preventivas generales (distanciamiento, uso de mascarillas, uso de soluciones hidroalcohólicas, y resto de medidas de prevención de posibles contagios).

 

  • Condiciones para la salida:

 

  • La residencia debe estar libre de Covid-19, definida así por la no existencia de casos confirmados con infección activa en los últimos 14 días, ni presentar ninguna personas residente en periodo de aislamiento o cuarentena en el momento de la salida.
  • La persona residente no debe presentar clínica sospechosa de Covid-19 en el momento de la salida.
  • La salida será de un mínimo de 48 horas, excepto en los casos en que se trate de salidas puntuales para asistir a consultas médicas u otros asuntos considerados de fuerza mayor, a las que podrán acudir acompañados de un familiar o persona allegada.
  • Debe permanecer en un ámbito estable (un solo domicilio).
  • En el entorno en el que vaya a permanecer durante ese periodo de tiempo no deben residir personas que requieran aislamiento por ser caso confirmado con infección activa o caso sospechoso o personas que sean contacto estrecho y estén en situación de cuarentena. Dicha condición se justificará mediante declaración responsable de la persona que se haga cargo de la salida.
  • En el entorno en el que habite durante su salida se deberán extremar las medidas de higiene y seguridad y reducir el contacto social a lo imprescindible.

 

  • Condiciones para la vuelta a la residencia para personas residentes con pauta de vacunación completa:

 

  • Si la persona residente presenta clínica sospechosa de Covid-19 en el momento del reingreso, se realizará prueba diagnóstica y en caso de resultar caso confirmado con infección activa en ese momento, se procederá  a la aplicación del protocolo en vigor para el manejo de caso confirmado.

 

  • Si  la  persona  residente  no  presentara  clínica  sospechosa  de  Covid-19  a  su  vuelta  al  centro,  no  será preciso mantenimiento de cuarentena en caso de haber transcurrido el tiempo estipulado según cada  vacuna para considerar que se han alcanzado títulos adecuados de anticuerpos.

 

  • Condiciones para la vuelta a la residencia para personas residentes sin pauta de vacunación completa:

 

  • De forma general no se realizará prueba diagnóstica de infección activa a la salida y reingreso de residentes. Sin embargo, en determinadas situaciones podrá valorarse  teniendo en cuenta si el residente está vacunado o no, el perfil de la salida (duración,  actividades  realizadas…),  así  como  la  situación  epidemiológica  del  lugar  de  la  estancia.  Al reingreso, se mantendrá una vigilancia activa de síntomas y se extremarán  las medidas de prevención, procediendo a un aislamiento preventivo y prueba diagnóstica de infección activa inmediata ante cualquier síntoma sospechoso de Covid-19.

 

  •  En todo caso, si al reingreso en el centro la persona residente no hubiera recibido pauta de vacunación, o esta no fuera completa, será preciso mantenimiento de aislamiento con carácter preventivo.

 

  • Condiciones para los nuevos ingresos y traslados:

 

  • Para los nuevos ingresos, se garantizará la vacunación con la anterioridad suficiente. Para los residentes con ingreso urgente y no vacunados con anterioridad, se extremarán las medidas de precaución hasta completar la pauta de vacunación. Se valorará prueba diagnóstica al ingreso en aquellos nuevos residentes no vacunados.

 

  • Tanto en ingresos como en traslados, si la persona que ha sido vacunada y no presenta clínica sospechosa de Covid-19,  no  será  preciso  el  mantenimiento  de  cuarentena  en  caso  de  haber  transcurrido  el  tiempo estipulado según cada vacuna para considerar que se han alcanzado títulos adecuados de anticuerpos. En todo caso, si al ingreso en el centro la persona residente no hubiera recibido pauta de vacunación, o esta no fuera completa, será preciso mantenimiento de aislamiento con carácter preventivo.

 

  • Otros casos:

 

  • En otros centros residenciales sociosanitarios de personas con discapacidad, menores, personas con TMG.., estarán permitidas las salidas en condiciones ordinarias.

 

  • Los trabajadores que tras un periodo vacacional o de ausencia de su puesto de trabajo superior a una semana se incorporen a residencias sociosanitarias y viviendas tuteladas/supervisadas u otros dispositivos residenciales sociosanitarios se les realizará como paso previo a su incorporación, una prueba diagnóstica de infección activa para descartar la infección por COVID-19. En caso de detectarse positivo en dicha prueba se pondrá inmediatamente en conocimiento de la autoridad sanitaria.
Publicación, Lunes, 22  de marzo  de 2021.
10:08 horas
Modificación,  Lunes, 12  de abril  de 2021.
08:55 horas
2021-04-12T08:14:32+01:00 12/04/2021|