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ACUERDO GOBIERNO Y CCAA ACTUACIONES COORDINADAS EN SALUD PÚBLICA CONTROL COVID-19

Resolución de 30 de septiembre de 2020, del Ministerio de Sanidad,  de la Secretaría de Estado de Sanidad, por la que se da publicidad al Acuerdo del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud sobre la Declaración de Actuaciones Coordinadas en Salud Pública para responder ante situaciones de especial riesgo por transmisión no controlada de infecciones causadas por el SARS-Cov-2, de fecha 30 de septiembre de 2020, publicado ayer, 1 de octubre, en el Boletín Oficial del Estado. https://boe.es/boe/dias/2020/10/01/pdfs/BOE-A-2020-11590.pdf

 

El Gobierno y las CCAA acuerdan actuaciones coordinadas en salud pública para controlar las infecciones por la Covid-19.

30 de septiembre de 2020.- El Ministerio de Sanidad y las comunidades autónomas han acordado esta tarde, en el seno del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud, nuevas actuaciones coordinadas en materia de salud pública para responder ante situaciones de especial riesgo por transmisión no controlada de la Covid-19.

En concreto, se establece que es necesario implementar nuevas medidas en las poblaciones con más de 100.000 habitantes que tengan una incidencia superior a los 500 casos por 100.000 personas en los últimos 14 días, una positividad de las pruebas diagnósticas de infección activa superior al 10% y que estén en comunidades autónomas con una ocupación de camas UCI por pacientes Covid-19 superior al 35% de la dotación habitual.

En aquellas localidades que cumplan estos requisitos, se deberán aplicar, al menos, las once medidas de control y respuesta y dos recomendaciones recogidas en el documento acordado esta tarde.

En primer lugar, se restringirá la entrada y salida de personas de los municipios afectados, salvo para aquellos desplazamientos, adecuadamente justificados, que se produzcan por asistencia a centros, servicios y establecimientos sanitarios, cumplimiento de obligaciones laborales, profesionales, empresariales o legales, asistencia a centros universitarios, docentes y educativos, incluidas las escuelas de educación infantil y asistencia y cuidado a mayores, menores, dependientes, personas con discapacidad o personas especialmente vulnerables, entre otros.

Se permitirá la circulación por carreteras y viales que transcurran o atraviesen estos municipios siempre y cuando tenga origen y destino fuera de los mismos. Y, las personas residentes podrán circular dentro de los municipios afectados, siempre respetando las medidas de protección individual y colectiva establecidas por las autoridades sanitarias competentes.

Por otra parte, la participación en agrupaciones de personas para el desarrollo de cualquier actividad o evento de carácter familiar o social, tanto en la vía pública como en espacios públicos y privados, se reducirá a un número máximo de seis personas, salvo que se trate de convivientes, y excepto en el caso de actividades laborales e institucionales o en el de actividades en que se establezcan límites o medidas específicas.

Publicación, Jueves 5 de octubre  de 2020.
13:30 horas.
2020-10-05T13:22:29+01:00 05/10/2020|