Todos los municipios de Castilla-La Mancha pasan de las medidas especiales de nivel 3 a nivel 2 con la excepción de 4 municipios.
Resolución: https://bit.ly/3e5Zzlh
Medidas NIVEL 2 https://bit.ly/3kaFsna
MEDIDAS NIVEL 2 en Centros sociosanitarios.
Regulación de la actividad en los Centros de Día de personas mayores y personas con discapacidad y Servicios de Estancias Diurnas, a excepción de aquellos que compartan dependencias con centros residenciales de mayores:
- Se limitará la permanencia de personas en espacios cerrados de dichos centros mediante la fijación del 50 por ciento de aforo, priorizándose a las personas con mayor necesidad según criterio profesional. Las actividades serán preferentemente de carácter individual, de naturaleza rehabilitadora y de mejora de habilidades adaptativas o funcionales.
- Las personas que acudan a dichos centros no han de presentar cuadro clínico compatible con la infección por coronavirus, ni haber estado en contacto estrecho con caso sospechoso confirmado y encontrarse, por tanto, en situación de cuarentena. En todo caso deberá extremarse la ventilación periódica, limpieza y desinfección de los espacios utilizados, con especial atención a las zonas de tránsito y las superficies de contacto. La permanencia de personas en espacios al aire libre deberá garantizar igualmente la distancia de seguridad interpersonal de metro y medio y el resto de la normativa higiénico sanitaria sobre prevención y contención del Covid-19.
- Permanecerán cerrados los centros de mayores de ocio y hogares de jubilados, excepto servicios de peluquería y podología con cita previa.
Pautas para la reanudación de visitas sociales en residencias de mayores, centros para personas con discapacidad grave, viviendas tuteladas de mayores y centros residenciales sociosanitarios:
- Deberá extremarse el cumplimiento de las medidas de prevención e higiene frente al Covid-19 indicadas por las autoridades sanitarias, antes y durante el desarrollo de las visitas y, en especial, el uso de mascarillas y la higiene de manos. Además, deberán cumplirse los siguientes requisitos mínimos:
- El centro debe encontrarse libre de Covid-19: ningún caso confirmado o sospechoso en aislamiento o contacto estrecho en cuarentena en el momento de la visita.
- El centro debe haber completado la vacunación a personas residentes y trabajadores. Se considerará un centro residencial en el que se ha completado la vacunación aquel en el que, al menos, el 90 por ciento de sus residentes y el 90 por ciento de sus trabajadores hayan recibido la pauta de vacunación completa y haya transcurrido el tiempo estipulado según cada vacuna para considerar que se han alcanzado títulos adecuados de anticuerpos.
- La persona que acuda a la visita no ha de presentar cuadro clínico compatible con la infección por coronavirus, ni haber estado en contacto estrecho con caso sospechoso confirmado y encontrarse por tanto en situación de cuarentena.
- Por visita solo podrá permitirse la entrada de una persona familiar u allegada por persona residente siendo la duración máxima de la reunión de 60 minutos.
- La persona residente podrá tener dos visitas a la semana de estas características.
- Las personas responsables de la residencia deberán informar a los visitantes de las medidas de prevención e higiene. Se deberá llevar un registro de visitas en el que aparezcan los datos identificativos y de contacto de la persona visitante.
- Las visitas se concertarán mediante sistema de cita previa. La concertación de citas no ha de alterar el funcionamiento de los servicios que se prestan en el centro y ha de evitar la formación de aglomeraciones.
- Las visitas deberán realizarse preferentemente en espacio exterior. En el supuesto de no ser posible, las visitas se desarrollarán en un espacio independiente y habilitado al efecto, cercano a la entrada, minimizando las entradas y salidas a zonas comunes y respetando el aforo máximo de dicha superficie, de tal manera que, la fijación del número máximo de personas dependerá de que pueda garantizarse una distancia interpersonal de un metro y medio. En el supuesto de tratarse de personas residentes que por su situación personal no pudieran desplazarse, por tratarse de residentes encamados, deberá garantizarse el acceso a través de un circuito seguro con el objeto de minimizar las entradas y salidas a zonas comunes.
- En todo caso deberá extremarse la ventilación periódica, limpieza y desinfección de los espacios utilizados, con especial atención a las zonas de tránsito y las superficies de contacto.
- Deberá señalarse de forma clara la distancia interpersonal de un metro y medio o instalarse medidas de separación a través de mamparas. En todo caso será obligatorio el uso de mascarillas.
- En caso de tratarse de una situación de acompañamiento en los momentos finales de la vida, podrán asistir a la visita hasta un máximo de dos familiares o personas allegadas, incluyendo asistencia espiritual, y el tiempo de la misma podrá flexibilizarse en función de la situación de la persona enferma y los criterios del centro, manteniendo siempre las adecuadas medidas higiénicas y de seguridad.
- Las viviendas supervisadas y las viviendas para personas con discapacidad se mantendrá el régimen regular de visitas manteniendo todas las medidas preventivas generales (distanciamiento, uso de mascarillas, uso de soluciones hidroalcohólicas, y resto de medidas de prevención de posibles contagios).
- Condiciones para la salida:
- La residencia debe estar libre de Covid-19, definida así por la no existencia de casos confirmados con infección activa en los últimos 14 días, ni presentar ninguna personas residente en periodo de aislamiento o cuarentena en el momento de la salida.
- La persona residente no debe presentar clínica sospechosa de Covid-19 en el momento de la salida.
- La salida será de un mínimo de 48 horas, excepto en los casos en que se trate de salidas puntuales para asistir a consultas médicas u otros asuntos considerados de fuerza mayor, a las que podrán acudir acompañados de un familiar o persona allegada.
- Debe permanecer en un ámbito estable (un solo domicilio).
- En el entorno en el que vaya a permanecer durante ese periodo de tiempo no deben residir personas que requieran aislamiento por ser caso confirmado con infección activa o caso sospechoso o personas que sean contacto estrecho y estén en situación de cuarentena. Dicha condición se justificará mediante declaración responsable de la persona que se haga cargo de la salida.
- En el entorno en el que habite durante su salida se deberán extremar las medidas de higiene y seguridad y reducir el contacto social a lo imprescindible.
- Condiciones para la vuelta a la residencia para personas residentes con pauta de vacunación completa:
- Si la persona residente presenta clínica sospechosa de Covid-19 en el momento del reingreso, se realizará prueba diagnóstica y en caso de resultar caso confirmado con infección activa en ese momento, se procederá a la aplicación del protocolo en vigor para el manejo de caso confirmado.
- Si la persona residente no presentara clínica sospechosa de Covid-19 a su vuelta al centro, no será preciso mantenimiento de cuarentena en caso de haber transcurrido el tiempo estipulado según cada vacuna para considerar que se han alcanzado títulos adecuados de anticuerpos.
- Condiciones para la vuelta a la residencia para personas residentes sin pauta de vacunación completa:
- De forma general no se realizará prueba diagnóstica a la salida y reingreso de residentes. Sin embargo, en determinadas situaciones podrá valorarse teniendo en cuenta si el residente está vacunado o no, el perfil de la salida (duración, actividades realizadas…), así como la situación epidemiológica del lugar de la estancia. Al reingreso, se mantendrá una vigilancia activa de síntomas y se extremarán las medidas de prevención, procediendo a un aislamiento preventivo y prueba diagnóstica inmediata ante cualquier síntoma sospechoso de Covid-19.
- En todo caso, si al reingreso en el centro la persona residente no hubiera recibido pauta de vacunación, o esta no fuera completa, será preciso mantenimiento de aislamiento con carácter preventivo.
- Condiciones para los nuevos ingresos y traslados:
- Para los nuevos ingresos, se garantizará la vacunación con la anterioridad suficiente. Para los residentes con ingreso urgente y no vacunados con anterioridad, se extremarán las medidas de precaución hasta completar la pauta de vacunación. Se valorará prueba diagnóstica al ingreso en aquellos nuevos residentes no vacunados.
- Otros casos:
- En otros centros residenciales sociosanitarios de personas con discapacidad, menores, personas con TMG.., estarán permitidas las salidas en condiciones ordinarias.
- Los trabajadores que tras un periodo vacacional o de ausencia de su puesto de trabajo superior a una semana se incorporen a residencias sociosanitarias y viviendas tuteladas/supervisadas u otros dispositivos residenciales sociosanitarios se les realizará como paso previo a su incorporación, una prueba diagnóstica para descartar la infección por COVID-19. En caso de detectarse positivo en dicha prueba se pondrá inmediatamente en conocimiento de la autoridad sanitaria.
Publicación, Miércoles , 3 de marzo de 2021.
23:14 horas.
